De acuerdo con nuestra carta magna, es obligación de todos los mexicanos contribuir al gasto público, para ello, el sistema tributario ha implementado diversas formas de recaudación coercitivas, las cuales, deben estar siempre en armonía con los principios de equidad y proporcionalidad fundamentales en la materia.
Bajo esta premisa, se han establecido diversos momentos en los que se debe dar cumplimiento a las obligaciones fiscales, dependiendo de la situación tributaria respectiva.
Por tanto, se reconocen como créditos fiscales, las cuotas, capitales constitutivos, recargos, multas impuestas, gastos realizados por el Instituto por inscripciones improcedentes y pagos que tenga el IMSS derecho a exigir de las personas no derechohabientes.
A continuación se presentan las siguientes sanciones aplicables en caso de que el patrón incurra en incumplimiento de sus deberes.
Conclusion
Es parte de la justicia económica y social, cumplir con las obligaciones que como ciudadanos, trabajadores o patrones tengamos; por ello, cuando se observan incumplimientos a la Ley del Seguro Social, ésta es severa con el infractor.
Ignacio Matias